La recién aprobada Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE, nº 299; 14 de diciembre de 2007) modifica nuevamente la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. En su disposición adicional sexta establece que, si los titulares de las instalaciones existentes han presentado su solicitud de la autorización ambiental integrada antes del día 1 de enero de 2007 y el órgano competente para otorgarla no hubiera dictado resolución expresa antes del 30 de octubre de 2007, dichas instalaciones podrán continuar funcionando de manera provisional hasta que se dicte dicha resolución, por un plazo máximo de 6 meses, siempre que cumplan todos los requisitos de carácter ambiental exigidos por la normativa sectorial aplicable.Si quiere descargarse la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad pinche aquí.Para más información consulte la sección de "Legislación IPPC y AAI".